
Resulta incomprensible que los poderes públicos continúen ajenos a garantizar la salud, la calidad y la seguridad en la práctica deportiva sin exigir una mínima cualificación a las personas que prestan servicios deportivos a los ciudadanos.
La actividad física y el deporte han evolucionado considerablemente en las últimas décadas, lo que ha propiciado una mayor demanda social de educación en la salud y el cuidado del cuerpo, una necesidad de mejorar nuestra imagen corporal y forma física y una utilización constructiva del ocio mediante las actividades recreativas y deportivas. Hemos mejorado notablemente las infraestructuras y equipamientos deportivos de nuestras ciudades, los servicios deportivos y la oferta de actividades que se prestan al ciudadano, la industria y el consumo de productos deportivos, así como otra serie de aspectos que redundan en una mejora de la calidad de vida en torno al fenómeno que hoy en día supone la práctica de actividades físicas y deportivas en la población. De forma paralela a este desarrollo deportivo, se han actualizado determinadas titulaciones académicas y creado otras nuevas. Así, se han modificado los siguientes estudios: los de nivel universitario con la nueva Licenciatura en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte y la de Magisterio con la especialidad de Educación Física; los de Formación Profesional con las titulaciones de técnico superior en Actividades Físicas y Animación Deportiva y técnico en Conducción de Actividades Físicas en el Medio Natural, y, por último, las enseñanzas de Régimen Especial con las titulaciones de técnico deportivo superior y técnico deportivo.
Estas titulaciones descritas son las únicas reconocidas oficialmente por las administraciones educativas. Sin embargo, todas estas mejoras indiscutibles no han venido acompañadas de una regulación del ejercicio profesional de las personas que ejercen, de forma legítima, su actividad en el ámbito de la actividad física y el deporte, lo que está originando conflictos, intrusismo laboral y desamparo profesional. Los profesionales del deporte desempeñan un papel esencial en el impulso de la actividad física. Resulta incomprensible que, ante este escenario, los poderes públicos continúen ajenos a garantizar la salud, la calidad y la seguridad en la práctica deportiva sin exigir una mínima cualificación a las personas que prestan los servicios deportivos a los ciudadanos.

Ni la construcción de instalaciones deportivas, ni las inversiones económicas aisladas y, mucho menos, los grandes eventos deportivos que últimamente se organizan para homenajear a nuestros deportistas famosos aseguran una práctica deportiva continua, saludable y libre de riesgos en la población. Una política deportiva seria, coherente y dirigida a los ciudadanos debería apostar por la promoción de la actividad física saludable, por una labor educativa orientada a la responsabilidad y autonomía en la realización de actividades físicas y por la adquisición de un estilo de vida activo y saludable. Todo ello redundaría en una mayor salud de la población y un menor gasto sanitario. Pero si se realiza bajo la dirección y supervisión de personas sin las competencias, formación y titulación adecuadas, especialmente en determinados colectivos (menores de edad, discapacitados, tercera edad.) también pueden constituir un grave riesgo para la salud.
Así como en otras profesiones hasta ahora ha habido cierta restricción en el ejercicio profesional, en el ámbito de la actividad física y el deporte ha habido, no sólo una libertad total sin control de ningún tipo, sino un intrusismo desleal que ha perjudicado considerablemente a aquellas personas debidamente formadas y cualificadas. Las actividades físicas y deportivas forman parte de la industria del ocio, del tiempo libre, de la salud, de la estética. Además, en los últimos años han propiciado el nacimiento y proliferación de numerosas ocupaciones vinculadas al deporte, instalándose en un lugar privilegiado del mercado económico. En este mercado concurren numerosas titulaciones de naturaleza diversa, y el ejercicio de las actividades profesionales a menudo es asumido por personas sin una formación mínima y sin la titulación apropiada.
Para regular los aspectos esenciales del ejercicio de determinadas profesiones relacionadas con este ámbito, en primer lugar se debería reconocer expresamente cuáles son estas profesiones, determinar los títulos académicos necesarios para el ejercicio de las mismas y, atribuir a cada profesión su correspondiente ámbito funcional, tanto si se ejerce la profesión en el sector público como en el sector privado.

Siguiendo el modelo de Cataluña, única comunidad autónoma que hasta ahora ha regulado el ejercicio de las profesiones del deporte (Ley 3/2008, de 23 de abril), las profesiones que se podrían reconocer y regular serían las de "profesor/a de educación física, entrenador/a deportivo profesional, monitor/a deportivo profesional y director/a deportivo". Abarcarían cuatro ámbitos: educativo, competición deportiva, recreativo, salud y tiempo libre, y de gestión deportiva.
Desde hace muchos años asistimos a situaciones de diversa índole, como la de personas que imparten clases de gimnasia de mantenimiento, pilates, musculación, spining o cualquier actividad física de "última moda" sin la formación ni titulación adecuadas; personas que entrenan a deportistas y equipos en edad escolar, que no son técnicos deportivos en la especialidad y, en muchas ocasiones, asumen tareas que no son propias de su competencia; personas que dirigen y gestionan centros deportivos, públicos y privados, que no son licenciados o graduados en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, y algunas personas, que ejercen la docencia en centros educativos concertados que no disponen de la formación específica.
La Ley del Deporte de Asturias de 1994, en su artículo 22 señala: "las instalaciones, equipamientos o establecimientos destinados a la prestación de servicios de carácter deportivo deberán ofrecer información, en lugar visible y accesible a los usuarios, sobre el nombre y titulación concreta de las personas que prestan en ella servicios profesionales, tanto en la dirección y gestión de las instalaciones, como en los servicios de enseñanza, ayuda o animación". Después de más de quince años, esta normativa de obligado cumplimiento, brilla por su ausencia en nuestro territorio.

Asturias tiene competencias para regular una ley que ordene el ejercicio de determinadas profesiones relacionadas con este ámbito físico-deportivo. Desde el Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y Ciencias de la Actividad Física y el Deporte de Asturias (COLEF y CAFD) llevamos varios años reivindicando una ley de regulación profesional. Y precisamente ahora, en este momento de crisis económica, es cuando más necesario se hace regular estas profesiones, sobre todo si tenemos en cuenta que las actividades físico-deportivas constituyen un sector que genera un considerable volumen de actividad económica y laboral, por lo que su regulación comportaría legalizar una importante cantidad de economía sumergida y subcontratación encubierta.
El COLEF y CAFD de Asturias considera imprescindible regular, ordenar y sanear este sector profesional, creando un marco jurídico que delimite las competencias y campos de actuación de cada una de las profesiones. Con una regulación profesional en este ámbito estamos convencidos de que más transparente y leal será la competencia que se genere entre los profesionales de la actividad física y el deporte y mayor dinamismo y productividad obtendrá nuestra economía. La finalidad de esta regulación profesional sería asegurar la salud, la integridad física y la protección de los intereses de los consumidores y usuarios de Asturias.
09.05.2010 - JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ CHAMORRODECANO DEL COLEGIO DE LICENCIADOS EN EDUCACIÓN FÍSICA Y CIENCIAS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEL DEPORTE
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